El Bachillerato en Ciencias Religiosas tiene vigencia canónica. Para la obtención del reconocimiento civil en España (Grado) del título de Bachillerato en Ciencias Religiosas se requiere realizar un nuevo curso de 60 ECTS, una vez terminados los tres cursos necesarios para obtener el Bachillerato en Ciencias Religiosas [180 ECTS]. Este Curso complementario [60 ECTS] está destinado únicamente a aquellos alumnos que hayan realizado previamente los tres cursos del Bachillerato en Ciencias Religiosas.
 
La Licenciatura en Ciencias Religiosas tiene vigencia canónica y reconocimiento civil.

Con fecha 16 de noviembre de 2011 el Gobierno español, a través del Ministerio de Educación y Ciencia, publicó el Real Decreto 1619/2011, de 14 de noviembre de 2011, por el que se reconocen efectos civiles a los títulos de Bachillerato, Licenciado y Doctor conferidos por las Universidades y Centros Superiores de Ciencias Eclesiásticas canónicamente erigidos por la Iglesia Católica.

El título de Licenciado obtenido en este Instituto de Ciencias Religiosas está contemplado en el mencionado Decreto. Los efectos civiles para el título citado será el genérico de los niveles académicos de Máster previsto en la legislación española.
 
Sin embargo, únicamente pueden obtener el reconocimiento de sus títulos aquellas personas que al iniciar los estudios a ellos conducentes cumplan los requisitos para ser admitidos en la Universidad española: haber superado las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad, tener un título que permita el acceso a la misma o aprobar el examen especial para mayores de 25 años o equivalente.
 
Los alumnos extranjeros deben obtener del Ministerio de Educación de España la homologación de los estudios previos a la Universidad, y superar las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad española.

Desde la Secretaría del Instituto se facilita la información oportuna